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Un Gran Tenedor es una persona física o jurídica que posee:
Sí. Tanto las personas físicas como las personas jurídicas pueden ser consideradas grandes tenedores si cumplen con los requisitos de propiedad de viviendas. Una persona particular que tenga 5 o más viviendas en una zona tensionada también será considerada como gran tenedor y deberá cumplir las obligaciones establecidas por la ley.
Según las Preguntas más frecuentes sobre el límite de los precios del alquiler de la vivienda que puede ver en este enlace independientemente del porcentaje de propiedad que se tenga, cada unidad computa como si fuera propietario al 100%.
🔎 Caso especial: La Administración puede analizar si la sociedad y la persona física tienen relaciones vinculadas (por ejemplo, si la persona física es accionista mayoritario o administrador de la sociedad) para evitar estrategias que busquen eludir la normativa.
El nuevo decreto reduce el umbral de propiedades por ser considerado gran tenedor, pasando de 10 a 5 viviendas en zonas tensionadas . Además, establece nuevas obligaciones como la inscripción obligatoria en un registro oficial .
Es un registro obligatorio en el que los grandes tenedores deben inscribir todas sus propiedades y proporcionar información detallada. La falta de inscripción puede comportar sanciones económicas .
1️⃣ Inscripción obligatoria en el Registro de grandes tenedores.
2️⃣ Oferta de alquiler social antes de iniciar un desahucio en casos de vulnerabilidad.
3️⃣ Cumplimiento de los derechos de tanteo y retracto , lo que permite a la Administración comprar viviendas antes que terceros.
Los grandes tenedores que no se registren pueden ser sancionadas por infracción administrativa , con multas económicas significativas .
Este decreto busca identificar y movilizar las viviendas vacías para garantizar el acceso a la vivienda y evitar prácticas especulativas por parte de los grandes propietarios.
El Decreto ley 2/2025 endurece los requisitos para los grandes tenedores, buscando más control sobre el mercado inmobiliario y una mejor protección para los inquilinos en situación vulnerable . Tanto empresas como particulares pueden ser considerados grandes tenedores y deben cumplir con la normativa vigente.
Según 3cat.cat , actualmente en Cataluña se están llevando a cabo negociaciones y medidas para modificar la legislación relacionada con los grandes tenedores de vivienda. A continuación, se detallan las principales acciones recientes:
El Gobierno de la Generalitat y el grupo parlamentario de los Comunes acordaron duplicar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) hasta el 20% para los grandes tenedores y para la compra de edificios enteros.
📌 Objetivo: Recaudar 200 millones de euros adicionales anuales, que se destinarán a políticas de vivienda social ya combatir la especulación inmobiliaria .
📌 Nuevos tramos impositivos del ITP:
Además, se aplicará un tipo incrementado del 20% para la adquisición de viviendas por parte de grandes tenedores , así como para la compra de edificios enteros, exceptuando aquellos edificios de hasta cuatro viviendas siempre que el comprador no sea un Gran Tenedor y los destine a residencia habitual durante los tres años siguientes a la compra .
📌 Fomento del Trabajo y la Asociación de Promotores y Constructores de Edificios de Cataluña (APCE) han advertido que las medidas adoptadas por la Generalitat, como el incremento del ITP, podrían aumentar el precio de la vivienda en Cataluña .
📌 Argumentos en contra:
📌 Posición de los Sindicatos de Inquilinos:
📌 Cada vez más, los clientes de immogirona.com con inmuebles alquilados se están repensando seguirlos alquilando y se plantean seriamente venderlos .
📌 Si ésta es una impresión generalizada, una vez más, los políticos habrán conseguido totalmente lo contrario de lo que pretendían. Bajar la oferta y subir precios.